El cambio en el texto fue mínimo, pero en los hechos enorme. A partir del miércoles 14 julio Argentina se convirtió en el primer país en permitir el matrimonio –y la adopción de chicos- entre personas del mismo sexo. Después de un duro debate de más de 15 horas en el Senado, el proyecto se aprobó sin modificaciones al texto que llegó de diputados y con más holgura de lo que se esperaba: 33 votos a favor, 27 en contra y 3 abstenciones.
¿Desde cuándo comenzará a regir?
Como el texto fue aprobado sin cambios, sólo resta esperar la reglamentación del Ejecutivo y su publicación en el Boletín Oficial para que el cambio en el Código Civil entre en vigencia.
¿Qué dice ahora el Código Civil?
El nuevo texto habla de “contrayentes” y reconoce expresamente los mismos derechos para uniones de diferente o del mismo sexo. Según el artículo 172 del Código reformado, “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos con independencia de que los contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.
La celebración, además, ya no será entre “marido y mujer”. De acuerdo al artículo 188, ahora los “contrayentes” ahora tendrán que “constituirse en cónyugues”.
En cuanto al apellido, muchas veces controversial para algunas mujeres casadas, la preposición será de uso indistinto para lo contrayentes, según ellos mismos lo dispongan.
¿Qué cambia?
En resumen, los derechos que hasta ahora tenían los matrimonios heterosexuales, serán extensivos a las parejas del mismo sexo que tomen la decisión de casarse. Podrán contar con la cobertura médica de su pareja, el subsidio por matrimonio, los derechos económicos que actualmente tiene cualquier matrimonio –como sacar un crédito juntos- y, el punto más polémico, podrán adoptar chicos.
