Viernes 10 de Septiembre de 2010
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Impactos colectivos

Las maniobras realizadas por algunos colectiveros provocan nuestro asombro. Otras accidentes en las que los pasajeros resultan lastimados. Una mujer fue indemnizada con $125.000 por haber sufrido heridas en su pierna cuando intentaba bajar de un colectivo ¿Qué debo hacer si un conductor maneja de forma imprudente? ¿Cómo puedo reclamar en caso de accidente? ¿Qué pruebas hay que presentar?



Una adolescente de 14 años recibirá una indemnización de más de $125.000 por las heridas que sufrió en una de sus piernas al descender de un colectivo en Lanús, lo que la obligó a tres operaciones y casi dos meses de internación.

La Sala F de la Cámara Civil, con las firmas de los jueces José Luis Galmarini, Eduardo Zannoni y Fernando Posse Saguier, condenó a la empresa Grupo 179 S.A., que explota el recorrdio de la línea 179 por los daños y perjuicios ocasionados a la adolescente.

No se trata de un hecho aislado...

-Dos colectivos y muchísima suerte. El interno de la línea 59 venía circulando por la calle Salta en el barrio de Constitución. Al cruzar 15 de Noviembre fue embestido por uno de la línea 28, que venía por esa calle. A raíz del impacto y de la maniobra de los choferes, ambos se fueron contra una de las esquinas. El 28 chocó contra un poste de luz y un árbol, y el 59 se incrustó en un edificio con un local vacío en planta baja y una vivienda en el primer piso. Dos colectivos y muchísima suerte…

-Myriam viajaba en colectivo cuando de repente el chofer frenó de golpe. Sin poder sujetarse cayo al piso y se fracturó el brazo.  Demando a la empresa y en segunda instancia, la sala “F” de la Cámara de Apelaciones en lo Civil condenó a la empresa a indemnizarla con más de $60.000.

-La Sala G de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil condenó a la empresa a cargo de la línea 56 de colectivos a indemnizar a María Juana con $7800 por haber sufrido un accidente al quedarle su mano atrapada cuando el chofer del vehículo cerró imprevistamente la puerta mientras la pasajera se disponía a descender.

-Hizo la fila para subirse al colectivo en la parada de la línea 111 de la calle Esmeralda, entre Lavalle y Corrientes. Cuando subió la pasajera que tenía adelante, puso el pie en el estribo. El colectivero no lo vio, arrancó y cerró la puerta dejando su brazo atrapado. Fue arrastrado por el pavimento hasta que se soltó y las ruedas traseras del vehículo le pasaron por arriba de la pierna izquierda. A su vez sufrió traumatismo de cráneo y cervical.

-El hijo de Etelvina tomaba siempre el mismo colectivo desde su casa al trabajo. Pero una mañana el destino le jugó en contra. El omnibus que lo llevaba circulaba con las puertas de descenso abiertas. Al bajar, con el micro en movimiento, cayó, se golpeó la cabeza y murió.

Casos diferentes con puntos en común: un colectivo y un accidente.



El transportista tiene la obligación implícita de llevar a destino a los pasajeros y que lleguen en el mismo estado en el que ingresaron al vehículo, es decir, sin ocasionarles por su obrar algún daño. Se trata de una obligación contractual. El contrato se celebra una vez que el pasajero subió al transporte aunque no haya sacado el boleto.



¿Qué debo hacer para denunciar este tipo de faltas?
Para que se inicie una gestión ante la Administración Pública, hay que reunir la siguiente información en forma escrita:

-Datos personales del pasajero.
-Enunciación de los hechos, señas personales del chofer o encargado, número de interno, día y hora de ocurrido el hecho.
-Una carta,  en términos claros y precisos.
-Firma, del interesado o de su representante legal.

Comuníquese con la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) al 0-800-333-0300

¿Cómo puedo probar la falta cometida por la empresa o el conductor?
En primer lugar a través de testigos que hayan presenciado el hecho. El boleto como comprobante de que se realizó un viaje. !No lo pierda!

¿Las empresas deben responder los reclamos recibidos?
Sí. Deben contestarle al usuario por escrito dentro de los 30 días corridos a la recepción del reclamo. En el caso de las quejas recibidas por la C.N.R.T., este organismo deberá responderlos en un plazo máximo de 60 días hábiles.

¿Qué debo hacer si me accidento en un colectivo?
En primer lugar hay que hacer la denuncia en la comisaría próxima a donde ocurrió el siniestro. En segundo lugar hay que ir a hacer el reclamo a la empresa. Para que este sea efectivo se recomienda ir acompañado por un abogado.

¿Puedo demandar a la empresa de transporte?
Si. Se le puede iniciar un juicio civil por daños y perjuicios, donde se podrá reclamar el cobro de una indemnización por:

Daño físico: el perjuicio que causó el accidente a la salud física de la persona. Dentro de esta figura se incluye el rubro de incapacidad sobreviniente, es decir, la discapacidad o las secuelas que quedaron como consecuencia del daño.

Lucro cesante: corresponde al dinero que la persona dejó de percibir por no haber podido ejercer su trabajo.

Daño moral: Comprende todos los padecimientos psicológicos y morales sufridos por la persona a raíz del accidente.

En Capital Federal antes de ir a juicio es obligatorio pasar por el proceso extrajudicial de la mediación. En provincia de Bs.As. esto es opcional. La mediación es una audiencia oficiada por un mediador en la cual las dos partes que intervienen en un conflicto son citadas para lograr llegar a un acuerdo. Se trata de un proceso que puede llevar a una resolución veloz, económica y eficaz del conflicto en cuestión.

¿Y al conductor?
También. Se le puede iniciar una causa penal por lesiones culposas, en donde habrá que probar si tuvo responsabilidad en el accidente. En caso de demostrarse la culpabilidad del mismo. También puede ser demandado civilmente por daños y perjuicios.

Para cualquier tipo de accidente se recomienda conservar el boleto ya que este acredita el contrato de transporte entre la empresa y el pasajero. Además posee la información correspondiente al vehículo en donde se produjo el accidente y la fecha y horario de ocurrido el mismo.

¿Dónde puedo denunciar las faltas y abusos que ocurren en los colectivos?

Para las faltas ocurridas en las líneas de la 1 a la 199, en la C.N.R.T. al 0-800-333-0300.

Para las líneas 200 hasta la 499 las quejas se reciben en la Dirección General de Transporte al 0-800-666-9666.

Para las líneas del 500 en adelante las quejas deberán realizarse en el municipio por donde estos vehículos circulan.

Cualquiera sea la empresa, se podrán hacer denuncias en los números de teléfono gratuitos que estas deben tener para tal fin.

Fuente: Comisión Nacional de Regulación de Transporte (C.N.R.T.) y Estudio JURIVIS S.C.




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