| |
|
Esquivando baches
|
Hace unos meses, Amalia sufrió un grave accidente al embestir con su automóvil un pozo sin señalizar encargado por Edesur. El bache se encontraba en la intersección de las calles Leandro N. Alem y Marcelo T. De Alvear. Hoy la historia se repite con un pozo provocado por la ruptura de un caño de AySA. ¿Quién es responsable? ¿La empresa, la constructora o la Ciudad de Buenos Aires?
|
“Fractura de fémur izquierdo y tibia derecha. Movilidad disminuida por lesiones en ambas rodillas...” Las heridas no fueron sólo físicas. De acuerdo con análisis psicológicos que se efectuaron sobre Amalia se pudo determinar que el accidente produjo en ella dependencia y angustia y un incremento en los sentimientos de pérdida e inseguridad. Muy difíciles fueron los meses que duró su rehabilitación. Todo por un bache no señalizado, una enfermedad que sufren muchas de las calles de la Argentina. Rutas nacionales, provinciales, avenidas, caminos, ninguno se salva.
¿Quién es responsable? ¿A quién hay que demandar en un eventual juicio? El artículo 1109 del Código Civil establece que “Todo el que ejecuta un hecho, que por su culpa o negligencia ocasiona un daño a otro, está obligado a la reparación del perjuicio.” Asimismo el artículo 1113 del mismo código agrega: “La obligación del que ha causado un daño se extiende a los daños que causaren los que están bajo su dependencia, o por las cosas de que se sirve, o que tiene a su cuidado”
En base a estas normas, la Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, tribunal que intervino en el caso de Amalia, responsabilizó tanto a la Ciudad de Buenos Aires como a Edesur S.A.
¿Por qué el Gobierno de la Ciudad es responsable? La Dra. Estévez Brasa, miembro del tribunal de la Sala K de la Cámara Civil, expresó en el fallo referido al caso de Amalia: “Las deficientes y peligrosas condiciones de una calle de intenso tráfico de vehículos, comprometen el deber que pesa sobre la Comuna de atender a la seguridad de los habitantes y de controlar que la vía pública se mantenga en forma apta para la normal circulación”
Asimismo agregó: “No puede pretenderse que el conductor que tiene derecho y obligación de transitar por el lugar que está destinado a la circulación pueda considerarse a su vez obligado a prestar una atención tan precisa sobre el suelo que transita, sobre todo tratándose de una avenida como Leandro N. Alem de intenso tránsito.”
¿Por qué Edesur es también responsable? La ley 22.151 establece que “En el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, las empresas prestatarias de Servicios Públicos, tendrán la responsabilidad de proceder a la reconstrucción o reparación de la vía pública, en los casos en que hayan efectuado roturas con motivo de obras de extensión, renovación conexión o reparación de sus instalaciones”
“Con relación a la protección y señalización de las mismas, la responsable total y absoluta del mantenimiento de los vallados y/o señalización de las obras en la vía pública es la empresa que solicita el permiso de afectación para realizar trabajos en sus instalaciones.”
El Dr. Moreno Hueyo, miembro del tribunal de la Sala K de la Cámara de apelaciones en lo Civil expresó en el fallo referido al caso de Amalia: “La empresa prestataria de un servicio público se encuentra obligada a ejercer una razonable vigilancia de las condiciones en que se encuentra el lugar donde se lleva a cabo una obra. El cierre definitivo con motivo de tareas de mantenimiento o tendido de servicios públicos, es responsabilidad de la empresa prestataria. No se libera de responsabilidad frente a terceros damnificados por los daños provocados por la obra que realiza en definitiva en su beneficio y como parte integrante de su actividad específica.”
¿Por qué sería responsable la constructora? De acuerdo con Edesur, porque la empresa era la encargada de realizar los trabajos de rotura, zanjeo, tapado y reconstrucción de la calzada y la responsable de la apertura, mantenimiento y cerramiento de los pozos realizados así como de su señalización.
Edesur afirmó que las tareas de reparación de la calzada a cargo de la constructora no se encontraban terminadas. “Si hubieran cumplido con sus plazos el accidente no hubiera ocurrido.”
¿Qué debo hacer si me accidento como consecuencia de un bache? Se recomienda iniciar una demanda contra los responsables del pozo (municipio del lugar donde se encontrara, empresa que lo encargó, constructora que llevó a cabo las obras). En este juicio, podrá reclamar una indemnización monetaria basada en los daños y perjuicios sufridos usted y su vehículo. Será conveniente reunir varios testigos que hayan presenciado el hecho, para que puedan dar testimonio ante el juez.
En Capital Federal antes de ir a juicio de este tipo es obligatorio pasar por el proceso extrajudicial de la mediación. En provincia de Bs.As. esto es opcional. La mediación es una suerte de reunión oficiada por un mediador en la cual las dos partes que intervienen en un conflicto son citadas para lograr llegar a un acuerdo. Se trata de un proceso que puede llevar a una resolución veloz, económica y eficaz del conflicto en cuestión.
Estudio JURIVIS S.C.
|
|
  |
|
|
|