Martes 7 de Septiembre de 2010
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Consorcio 


El administrador no pagó a los proveedores, ¿quién debe hacerse cargo?
Aunque a simple vista pueda resultar fastidioso que deban pagar justos por pecadores, lo cierto es que las deudas son del consorcio y no del administrador, como muchos creen. El administrador es un funcionario del edificio, cuyo mandato lo autoriza a actuar en representación legal del consorcio. Por lo tanto, cualquier problema que se suscite durante su gestión, debe ser asumida en principio por todos sus representados.

Si el administrador me autoriza a construir, ¿el consorcio puede negarse?
Sí; porque al dar su aprobación para hacer las reformas, se extralimitó en sus funciones. A pesar de que el administrador actúa como representante legal del consorcio, no puede decidir sobre estos temas sin poner en conocimiento de la situación a los demás copropietarios y obtener su aprobación. Esto se logra con la convocatoria a una asamblea, en la cual debe lograrse la autorización por mayoría absoluta de los copropietarios, puesto que una reforma edilicia implica una modificación al reglamento de copropiedad.

¿Cómo hago para controlar a mi administrador?
Si se tiene la sospecha de una mala administración, el consejo de administración debe llamar a una asamblea extraordinaria para evaluar el estado de las cuentas del consorcio y plantear la remoción del administrador, nunca antes de concluido el primer mes de actividad. En aquellos reglamentos de copropiedad que lo permiten, el consejo de administración puede decidir echarlo sin necesidad de convocar una asamblea. Si el edificio no tiene consejo de administración, entonces sí, se designará a uno de los copropietarios para que dirija la asamblea. En ese caso será de gran ayuda un abogado, para que asesore a los presentes sobre el modo en que se tienen que cumplir los pasos de la remoción.

¿Quién puede asesorarme con respecto a la autoadministración del consorcio?
Si está por comenzar a administrar el consorcio de su edificio puede recurrir a un contador que le explique como manejar lo referente a los libros y comprobantes de gastos, a la liquidación de expensas y a la elaboración del presupuesto. Con respecto a los derechos y obligaciones de los copropietarios y a las responsabilidades que debe asumir el administrador puede pedirle asesoramiento a un abogado.

Tengo humedad en las paredes de mi unidad funcional y el consorcio va a realizar el arreglo, pero quiere compensar con expensas el daño o sea que el consorcio la exima de pagar expensas, por el perjuicio sufrido ( el tiempo en que tardaron en decidir el arreglo). ¿Qué debo hacer?
En este caso no se puede lograr lo que pretende, ya que el Consocio efectivamente va a reparar el desperfecto. Por consiguiente el reclamo es infundado.






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