Martes 7 de Septiembre de 2010
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Familia 


¿Dónde hay que inscribirse para adoptar?
Existe un Registro Unico de Aspirantes a Adopción.Es una suerte de lista de espera.Está en el Consejo Nacional del Menor y la Familia, Perón 524 primer piso, Capital. La inscripción también puede hacerse en todo el país.

¿Cuánto puede demorar el proceso de adopción?
En Buenos Aires, las esperas son largas.El plazo depende de la cantidad de niños en condiciones de ser adoptados.No todos los chicos de Institutos de Menores están en esas condiciones.Hay muchos otros que sí, pero la maquinaria burocrática frena las esperanzas

¿Qué bien puede inscribirse como bien de familia?
El inmueble afectado puede ser urbano o rural y ser explotado en forma comercial por los beneficiarios (un campo, una fábrica). Por lo general lo habita el grupo familiar y está destinado a vivienda, pero si es el único inmueble del titular que lo explota, puede estar deshabitado.

¿A quiénes resguarda el bien de familia?
A los padres, que lo constituyeron como tal y a los hijos, que son los beneficiarios. También abarca a los ascendientes de los constituyentes, es decir, sus padres, sin necesidad de que habiten la propiedad, y a los parientes cercanos hasta tercer grado de consanguinidad, donde sí es obligatoria la convivencia. El bien de familia es de por vida y subsiste hasta el fallecimiento del último de sus integrantes.

¿Qué puedo hacer cuando no inscribí el nacimiento de mi hijo en término?
En este caso y si quien desea inscribir su hijo se domicilia en la provincia de Bs.As, más exactamente en las ciudades cabeceras de partido, que cuentan con Juzgados de Paz letrado, ej. Florencio Varela, Berazategui, Avellaneda, Alte. Brown, Esteban Echeverría, etc. Tienen la oportunidad de recurrir ante dicho Juzgado a fin, de obtener la sentencia que ordene la inscripción de nacimiento, ello teniendo en cuenta, que se ha excedido el plazo otorgado por el registro civil para efectuarla. El trámite en sede del juzgado de paz es sencillo, ya que muchas personas utilizan este medio y otros no por desconocimiento de su existencia o porque no cuentan en su lugar de residencia con juzgados de Paz, en tal caso deben recurrir a los Tribunales de familia correspondientes. Ahora, bien los juzgados de paz además de ordenar inscripciones de nacimientos, también y dentro de su competencia se ocupan de otorgar venias supletorias para contraer matrimonio, tal es el caso en que las personas que desean contraer matrimonio son menores, por lo cual necesitan autorización de sus correspondientes padres, en caso de que uno de ellos no acceda a dar su consentimiento o se encuentren separados de hecho, sin conocer el paradero de uno de sus progenitores, se busca que el juez supla la autorización del ausente. También otra de las funciones de los Juzgados de Paz, son la de otorgar guardas asistenciales, correspondiendo las mismas a la necesidad de incorporar a un familiar, que ahora se encuentra a su cargo, a la obra social a la que pertenece el solicitante. Pero lo cierto es, que cumplen más funciones, que las mencionadas, como certificar firmas de documentos, otorgan autorización par salir del país, en el caso que se peticione por un menor, del cual uno de sus progenitores se encuentra ausente sin conocerse cual fue su destino, entre otras funciones se encuentran las rectificaciones de partidas, juicios de apremios por deudas y multas municipales, contravenciones, emancipación para ejercer el comercio, es el caso de un menor de 18 años que sus padres quieren autorizar para que este emprenda una actividad comercial por su cuenta, etc.






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